Educación financiera

¿Qué es el deducible de impuestos?

¿Sabías que hay algunos gastos personales que son deducibles de impuestos? Si eres persona física, es importante que sepas cuáles gastos puedes deducir en tu declaración anual.

30 de noviembre de 2024 · Tiempo de lectura 4 min

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En este artículo te explicaremos qué son las deducciones personales, quiénes pueden presentarlas, cuándo y cómo hacerlo.

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¿Qué significa que algo sea deducible de impuestos?

Las deducciones son ciertos gastos que pueden restarse de tus impuestos. Las deducciones autorizadas aparecen en el artículo 151 de la Ley del ISR y comprenden algunos gastos personales, ya sean para ti o para familia directa, como el pago de honorarios médicos, gastos funerarios o pago de colegiaturas. También es posible deducir donativos de organizaciones autorizadas.

Deducciones personales en México

Los gastos deducibles de impuestos comprenden las siguientes áreas:

  • Salud: Honorarios de servicios médicos, dentales, psicológicos y de nutrición, siempre y cuando la factura sea expedida por profesionales de la salud con título legalmente expedido. También aplican las primas de seguros de gastos médicos. Estos gastos aplican para el contribuyente y sus familiares directos.
  • Educación: Gastos en educación en instituciones privadas legalmente registradas en niveles desde preescolar hasta profesional técnico.
  • Otros: Aplican los gastos funerarios de familiares directos, intereses de créditos hipotecarios para tu casa en créditos de INFONAVIT o FOVISSSTE, donativos para instituciones autorizadas y aportaciones a tu Afore.

Cabe mencionar que en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) no es posible hacer deducciones en su declaración anual por gastos personales. Esto se establece en el artículo 113 J de la Ley de ISR.

Ejemplos de gastos deducibles

Los siguientes son ejemplos específicos de cada apartado de gastos deducibles:

Salud:

  • Honorarios médicos: Consulta médica general o especializada, como una visita al cardiólogo o pediatra.
  • Dentales: Tratamientos de ortodoncia o limpieza dental profesional.
  • Psicológicos: Sesiones con un psicólogo para manejo del estrés o ansiedad.
  • Nutrición: Consultas con un nutriólogo para planes alimenticios supervisados.
  • Medicinas: Solo si se compran directamente en hospitales (no aplican farmacias).

Educación:

  • Colegiaturas: Pago de mensualidades en colegios privados para preescolar, primaria, secundaria, preparatoria o escuelas técnicas (no aplican pagos de inscripción o reinscripción).
  • Transporte escolar: Solo cuando el servicio es obligatorio y se factura por la institución educativa.
  • Cuotas escolares: Cuotas de materiales.

Otros:

  • Gastos funerarios: Pago de servicios funerarios, como ataúd, velatorio o cremación para un familiar directo.
  • Intereses hipotecarios: Los intereses generados por un crédito INFONAVIT o FOVISSSTE en el año fiscal.
  • Donativos: Aportaciones a fundaciones autorizadas, como Cruz Roja o Teletón.
  • Aportaciones voluntarias al Afore: Depósitos adicionales para fortalecer tu ahorro para el retiro.

¿Cómo calcular las deducciones autorizadas?

Al momento de calcular las deducciones autorizadas, deberás tomar en cuenta lo siguiente:

  • Los pagos en efectivo no son deducibles de impuestos. Para poder deducir gastos personales es necesario que estos se hayan efectuado a través de transferencia electrónica, tarjeta de crédito o cheque a nombre del contribuyente.
  • Para deducciones en gastos de colegiatura hay un monto límite:

- Preescolar: $ 14,200 anual

- Primaria: $ 12,900 anual

- Secundaria: $ 19,900 anual

- Profesional técnico: $ 17,100 anual

- Bachillerato: $ 24,500 anual

  • El monto total de las deducciones personales no puede exceder el 15% del total de tus ingresos o más de 5 Unidades de Medida (UMA). Este monto límite no aplica cuando se trata de gastos médicos por incapacidad o discapacidad, por donativos o aportaciones al Afore.
  • El monto de los donativos a instituciones autorizadas no puede superar el 7% de los ingresos que sirvieron para calcular el ISR del año anterior.

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